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miércoles, 18 de junio de 2014

Funerarias - Servicios Funerarios - Previsión











Previsión Siglo 21 C.A.
RIF J-31472773-7

PREVI SOCIAL 

Quienes Somos

Somos una empresa especializada en servicios funerarios, creada para actuar en esos momentos difíciles como es la perdida de un ser querido, ofreciendo una gama de servicios para mantener siempre la comunicación efectiva con nuestros clientes, además de ser una empresa joven (10 años de experiencia) con ideas innovadoras para mejoras siempre la calidad de atención de nuestros clientes. 

Misión 
Prestar servicios funerarios de excelencia, donde la calidad de nuestro trabajo se mide por el respeto y la atención de los clientes y sus familiares, con mística y vocación de nuestro personal, ofreciendo una atención inmediata, un servicio a la par de la exigencia de los clientes. 

 Visión 
Ser reconocida Nacional e Internacionalmente como una empresa  de excelencia que cumple con sus servicios, y siempre mantiene como norte la atención personalizada a todos nuestros clientes

Algunas de Nuestras Referencias Comerciales: 
 Impermeabilizadora  Edil de Venezuela C.A 
Lic. Bryan Carrillo, Dpto. RRHH, telf: 0258-766.26.71 
 Provegran C.A 
Lic Sara Nava, Dpto RRHH telf: 0244-334.18.81 
 Centro Ceramico Simonelli C.A Sra. Asunción Simonelli, telf: 0243-234.64.09 
 Instituto Educación Integral     
Lic. Norca Campo, tlf. 0243-2182394 
 U.E.P Colegio Español 
Lic. Nancy Cedeño, tlf: 0243-2357223 



Por descuento nómina
por deposito bancario
por domiciliación bancaria:

BANESCO
BANCO DE VENEZUELA
BANCO MERCANTIL
BANCO PROVINCIAL
BANCO CARIBE
BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO
BANCO BICENTENARIO
BANCO NACIONAL DE CRÉDITO
con cheque
por tarjetas de créditos

Familiares que pueden ser incluidos en el plan servicios funerarios:
PADRES, MADRES, HIJOS,
CÓNYUGE HASTA LOS 85 AÑOS,
HERMANOS, PRIMOS, SOBRINOS,
CUÑADOS, HASTA LOS 40 AÑOS,
EN SUSTITUCIÓN DE LOS PADRES PUEDE INCLUIR
UNA SUEGRA O UN SUEGRO, UNA MADRASTRA O UN PADRASTRO HASTA
70 AÑOS.
HASTA DIEZ (10) FAMILIARES

PRODUCTOS funerarios:

PLAN PREVI SOCIAL
COSTO MENSUAL POR GRUPO FAMILIAR:
costo anual por grupo familiar

Plan Previ 
Características del plan:
Ataúd 4 o Catedral
Traslado del fallecido del hospital, casa o clínica a la funeraria a nivel nacional
Diligencias de Ley
Preparación normal del fallecido
Servicio de Capilla velatorios a nivel nacional,
oficios religiosos,
carroza fúnebre para el sepelio,
dos (2) vehículos de acompañamiento para los familiares,
una cruz de flores naturales,
traslado a nivel nacional,
incluye una parcela de un cementerio municipal de un (1) puesto a nivel nacional,
los gatos de inhumación están incluidos en el plan.
Opción de Cremación




lunes, 16 de junio de 2014

INVERSIONES: Constitución de la República Bolivariana de Venezu...

INVERSIONES: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela







TÍTULO VI
DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO
Capítulo I
Del Régimen Socio Económico y de la Función del Estado en la Economía

Artículo 299. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta.

Artículo 300. La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de actividades sociales o empresariales, con el objeto de asegurar la razonable productividad económica y social de los recursos públicos que en ellas se inviertan.

Artículo 301. El Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a personas, empresas u organismos extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales. La inversión extranjera esta sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional.

Artículo 302. El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo.

Artículo 303. Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.
Artículo 304. Todas las aguas son bienes de dominio público de la Nación, insustituibles para la vida y el desarrollo. La ley establecerá las disposiciones necesarias a fin de garantizar su protección, aprovechamiento y recuperación, respetando las fases del ciclo hidrológico y los criterios de ordenación del territorio.

Artículo 305. El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral, a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola.
El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley.
Artículo 306. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional. Igualmente fomentará la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra mediante la dotación de las obras de infraestructuras, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Artículo 307. El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Los campesinos o campesinas y demás productores agropecuarios y productoras agropecuarias tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados en la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y particulares de propiedad para garantizar la producción agrícola. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario.
Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia.
Artículo 308. El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno.

Artículo 309. La artesanía e industrias populares típicas de la Nación, gozarán de protección especial del Estado, con el fin de preservar su autenticidad, y obtendrán facilidades crediticias para promover su producción y comercialización.

Artículo 310. El turismo es una actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable. Dentro de las fundamentaciones del régimen socioeconómico previsto en esta Constitución, el Estado dictará las medidas que garanticen su desarrollo. El Estado velará por la creación y fortalecimiento del sector turístico nacional.



ALIMENTACIÓN




Artículo 305.- El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria deberá alcanzarse desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y agrícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola. 

El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley. 

Artículo 117.- Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen; a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la violación de estos derechos. 

Artículo 112.- Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país. 

Artículo 299.- El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta. 

Madre María de San José

Hace 47 años cerró sus ojos al plano material, la noble Hace 47 años cerró sus ojos al plano material, la noble Madre María de San José. Su muerte, ocurrida bajo el cobijo de su amada congregación, marcó el sendero que años después colocaría su imagen sobre una fachada del Vaticano, donde fue convertida en beata de Venezuela.
   

Vía: padrechulalo.blogspot.com

Laura Evangelista Alvarado Cardozo, conocida como la Madre María de San José, o simplemente como Madre María, nació en Choroní, un 25 de abril de 1875 y falleció un 2 de abril de 1967. Es Beata de la Iglesia Católica originaria del entonces estado Guzmán Blanco, actual territorio aragüeño.
Desde muy joven tuvo una vida dedicada a Dios y al servicio de los más necesitados. El 7 de julio de 1995 se convirtió en la primera beata venezolana. Fundadora en Venezuela de la congregación de las Hermanas Agustinas Recoletas. Fueron sus padres Clemente Alvarado y Margarita Cardozo. Los estudios primarios los inició en su pueblo natal y los culminó en Maracay. Desde muy temprana edad se dedicó a la enseñanza y la preparación de los niños que recibían la Primera Comunión. En noviembre de 1893, al ser fundado el hospital San José por el presbítero Vicente López Aveledo, párroco de Maracay, se dedicó al cuidado de los enfermos como hermana hospitalaria y junto con otras jóvenes de igual vocación, el 22 de enero de 1901 fue consagrada como hermana hospitalaria agustina, adoptando el nombre de Sor María de San José.
Vicente Paúl, de La Victoria, fundado en mayo de 1902, el asilo La Inmaculada Concepción de Maracay, fundado en febrero de 1905, el hospital Santa Ana, de Coro (1909), el hospital Mercedes, de Calabozo (1910), el asilo San José de Barquisimeto (1918) y otros hospitales, albergues para ancianos, orfelinatos, escuelas y colegios de Los Teques, San Felipe, Caracas, Tinaquillo, Coro, Maracaibo, Valencia, Nirgua, Puerto Cabello, durante las décadas siguientes.
Como miembro fundadora de las Hermanas Agustinas Recoletas, la Madre María de San José, redactó sus Constituciones, que fueron aprobadas el 31 de agosto de 1931 por el arzobispo Felipe Rincón González. En 1950 la congregación fue agregada a la orden de los recoletos de San Agustín y tomó el nombre de Hermanas Agustinas
Recoletas del Corazón de Jesús. Dos años después dicha asociación fue elevada a congregación de derecho pontificio.
En 1966, hacia el fin de sus días, la Madre María de San José se proponía fundar dentro de la congregación una rama de hermanas dedicadas a la adoración perpetua del Santísimo Sacramento de la Eucaristía. En octubre de 1983, por solicitud del padre Romualdo Rodrigo, se inició su causa de canonización declarándosela Sierva de Dios (1985).
Luego de esto, el 7 de marzo de 1992, el papa Juan Pablo II declaró la heroicidad de sus virtudes, con lo cual adquirió el título de Venerable. Asimismo, tras comprobarse el milagro de curación que obró en la hermana Teresa Silva, enferma de osteoartrosis durante 26 años (1956-1982), el papa Juan Pablo II, en un acto realizado en la plaza San Pedro en Roma, la declaró beata (7.5.1995), convirtiéndose así, la madre María de San José, en la primera venezolana que alcanza tal jerarquía en Iglesia Católica.

elsiglo. Su muerte, ocurrida bajo el cobijo de su amada congregación, marcó el sendero que años después colocaría su imagen sobre una fachada del Vaticano, donde fue convertida en beata de Venezuela.
   

Vía: padrechulalo.blogspot.com

Laura Evangelista Alvarado Cardozo, conocida como la Madre María de San José, o simplemente como Madre María, nació en Choroní, un 25 de abril de 1875 y falleció un 2 de abril de 1967. Es Beata de la Iglesia Católica originaria del entonces estado Guzmán Blanco, actual territorio aragüeño.
Desde muy joven tuvo una vida dedicada a Dios y al servicio de los más necesitados. El 7 de julio de 1995 se convirtió en la primera beata venezolana. Fundadora en Venezuela de la congregación de las Hermanas Agustinas Recoletas. Fueron sus padres Clemente Alvarado y Margarita Cardozo. Los estudios primarios los inició en su pueblo natal y los culminó en Maracay. Desde muy temprana edad se dedicó a la enseñanza y la preparación de los niños que recibían la Primera Comunión. En noviembre de 1893, al ser fundado el hospital San José por el presbítero Vicente López Aveledo, párroco de Maracay, se dedicó al cuidado de los enfermos como hermana hospitalaria y junto con otras jóvenes de igual vocación, el 22 de enero de 1901 fue consagrada como hermana hospitalaria agustina, adoptando el nombre de Sor María de San José.
Vicente Paúl, de La Victoria, fundado en mayo de 1902, el asilo La Inmaculada Concepción de Maracay, fundado en febrero de 1905, el hospital Santa Ana, de Coro (1909), el hospital Mercedes, de Calabozo (1910), el asilo San José de Barquisimeto (1918) y otros hospitales, albergues para ancianos, orfelinatos, escuelas y colegios de Los Teques, San Felipe, Caracas, Tinaquillo, Coro, Maracaibo, Valencia, Nirgua, Puerto Cabello, durante las décadas siguientes.
Como miembro fundadora de las Hermanas Agustinas Recoletas, la Madre María de San José, redactó sus Constituciones, que fueron aprobadas el 31 de agosto de 1931 por el arzobispo Felipe Rincón González. En 1950 la congregación fue agregada a la orden de los recoletos de San Agustín y tomó el nombre de Hermanas Agustinas
Recoletas del Corazón de Jesús. Dos años después dicha asociación fue elevada a congregación de derecho pontificio.
En 1966, hacia el fin de sus días, la Madre María de San José se proponía fundar dentro de la congregación una rama de hermanas dedicadas a la adoración perpetua del Santísimo Sacramento de la Eucaristía. En octubre de 1983, por solicitud del padre Romualdo Rodrigo, se inició su causa de canonización declarándosela Sierva de Dios (1985).
Luego de esto, el 7 de marzo de 1992, el papa Juan Pablo II declaró la heroicidad de sus virtudes, con lo cual adquirió el título de Venerable. Asimismo, tras comprobarse el milagro de curación que obró en la hermana Teresa Silva, enferma de osteoartrosis durante 26 años (1956-1982), el papa Juan Pablo II, en un acto realizado en la plaza San Pedro en Roma, la declaró beata (7.5.1995), convirtiéndose así, la madre María de San José, en la primera venezolana que alcanza tal jerarquía en Iglesia Católica.

elsiglo

ARCO IRIS

Ayer día del padre 15/6/2014 cuando termino de llover a las 6.30 pm salio un hermoso ARCO IRIS, lo llame
ARCO IRIS DE LA PAZ y PROSPERIDAD para todos el mundo




arco iris de la
paz,
 amor,
abundancia de prosperidad


como arco iris que brilla
 entre nubes de gloria,


 Maravilla de la creación 

arco iris
que se ve en las nubes en
 los días de lluvia


un arco iris de
color esmeralda


el arco iris rodeaba su cabeza,


LA SANTA BIBLIA, menciona el arco iris de la esperanza y la maravilla del Creador .


1 Ezequiel ve la Gloria de Yavé
La luz que lo rodeaba tenía el aspecto del arco iris que se ve en las nubes en los días de lluvia. Esa visión era una imagen de la Gloria de Yavé, cuando lo vi me tiré de bruces al suelo; oí entonces una voz que me habló. 

4 Ezequiel - El Trono del Cielo
El que estaba sentado parecía de jaspe y cornalina, y un arco iris de color esmeralda rodeaba el trono.


Apocalipsis  - Se a cumplido lo anunciando por los profetas
Vi después a otro ángel formidable que bajaba del cielo envuelto en una nube; el arco iris rodeaba su cabeza, su cara era como el sol y sus piernas como columnas de fuego.


Apocalipsis - Maravilla de la creación 
Mira el arco iris y bendice al que lo hizo: ¡qué magnífico esplendor!

Eclesiástico 50 El sumo sacerdote Simón 
como sol resplandeciente sobre el Templo del Altísimo, como arco iris que brilla entre nubes de gloria.



Bendice nuestra Patria, Nación y País. 

El Señor, viendo tu buena voluntad, te ayudará en todo momento y la misma experiencia te indicará el camino.

Primer Libro de los Reyes 21,1-16.
Milagros Fernández 0212.4223247/04123605721
arco iris de la paz,
 amor, abundancia de prosperidad


Nabot, el izreelita, tenía una viña en Izreel, al lado del palacio de Ajab, rey de Samaría.
Ajab dijo a Nabot: "Dame tu viña para hacerme una huerta, ya que está justo al lado de mi casa. Yo te daré a cambio una viña mejor o, si prefieres, te pagaré su valor en dinero".
Pero Nabot respondió a Ajab: "¡El Señor me libre de cederte la herencia de mis padres!".
Ajab se fue a su casa malhumorado y muy irritado por lo que le había dicho Nabot, el izreelita: "No te daré la herencia de mis padres". Se tiró en su lecho, dio vuelta la cara y no quiso probar bocado.
Entonces fue a verlo su esposa Jezabel y le preguntó: "¿Por qué estás tan malhumorado y no comes nada?".
El le dijo: "Porque le hablé a Nabot, el izreelita, y le propuse: 'Véndeme tu viña o, si quieres, te daré otra a cambio'. Pero él respondió: 'No te daré mi viña'".
Su esposa Jezabel le dijo: "¿Así ejerces tú la realeza sobre Israel? ¡Levántate, come y alégrate! ¡Yo te daré la viña de Nabot, el izreelita!".
En seguida escribió una carta en nombre de Ajab, la selló con el sello del rey y la envió a los ancianos y a los notables de la ciudad, conciudadanos de Nabot.
En esa carta escribió: "Proclamen un ayuno y en la asamblea del pueblo hagan sentar a Nabot en primera fila.
Hagan sentar enfrente a dos malvados, que atestigüen contra él, diciendo: 'Tú has maldecido a Dios y al rey'. Luego sáquenlo afuera y mátenlo a pedradas".
Los hombres de la ciudad, los ancianos y notables, conciudadanos de Nabot, obraron de acuerdo con lo que les había mandado Jezabel, según lo que estaba escrito en la carta que les había enviado.
Proclamaron un ayuno e hicieron sentar a Nabot en primera fila.
En seguida llegaron dos malvados que se le sentaron enfrente y atestiguaron contra él diciendo: "Nabot ha maldecido a Dios y al rey". Entonces lo sacaron fuera de la ciudad y lo mataron a pedradas.
Y mandaron decir a Jezabel: "Nabot fue apedreado y murió".
Cuando Jezabel se enteró de que Nabot había sido matado a pedradas, dijo a Ajab: "Ya puedes tomar posesión de la viña de Nabot, esa que él se negaba a venderte, porque Nabot ya no vive: está muerto".
Apenas oyó Ajab que Nabot estaba muerto, bajó a la viña de Nabot, el izreelita, para tomar posesión de ella.

Salmo 5,2-3.5-6.7.

Señor, escucha mis palabras,
y a mi queja pon atención.
Presta oído a mi clamor, ¡oh mi rey y mi Dios!
Pues a ti te imploro, Señor.

Tú no eres un Dios al que le gusta la maldad,
ni el malvado tiene en ti acogida.
Los insensatos no aguantan tu mirada,
detestas a los que obran la maldad.

A los que hablan mentiras los destruyes:
Odia el Señor a violentos y embusteros.


Evangelio según San Mateo 5,38-42.

Jesús, dijo a sus discípulos:
Ustedes han oído que se dijo: Ojo por ojo y diente por diente.
Pero yo les digo que no hagan frente al que les hace mal: al contrario, si alguien te da una bofetada en la mejilla derecha, preséntale también la otra.
Al que quiere hacerte un juicio para quitarte la túnica, déjale también el manto;
y si te exige que lo acompañes un kilómetro, camina dos con él.
Da al que te pide, y no le vuelvas la espalda al que quiere pedirte algo prestado.


Extraído de la Biblia: Libro del Pueblo de Dios. 



Leer el comentario del Evangelio por : 

San Silouan (1886-1938), monje, santo de la Iglesia ortodoxa 
Ecrits spirituels 

“Os lo digo, no repliquéis al malvado.” (Prov 9,7)

Dios es amor. (1Jn 4,6) Nos ha dado el precepto de amarnos los unos a los otros e incluso a los enemigos. El Espíritu Santo nos enseña este amor. Guarda la paz del Espíritu Santo. No la pierdas por vanidades. Si das pena a tu hermano, afliges tu propio corazón; si haces las paces con tu hermano, el Señor te da infinitamente más....


¿No es el mismo Señor que nos dice: “El Reino de Dios está dentro de vosotros”? (Lc 17,21) Ahora empieza la vida eterna, ahora sembramos también la simiente de los tormentos sin fin del infierno. Os lo ruego, hermanos, ¡haced la prueba! Si alguien os ofende, os calumnia, os roba lo que es vuestro e incluso si persigue a la Iglesia, ¡Orad a Dios y decid: “Señor, somos todos tus criaturas, ten piedad de tus siervos y conduce sus corazones a la penitencia.”! Entonces, sentirás la gracia en tu alma. Cierto, al principio tienes que hacer un esfuerzo para amar a los enemigos. Pero el Señor, viendo tu buena voluntad, te ayudará en todo momento y la misma experiencia te indicará el camino.

Caracas Shots: Notables | La Cotufera

Caracas Disparos: Notables | La Cotufera

Ella es Carmen, el vendedor de palomitas de maíz en el antiguo Cine Rialto junto a la plaza Bolívar, recientemente restaurada como Bolívar Theater. 



Guao, estamos super conectado...hace una semana pase y le pregunte usted es la misma que estaba el cine, cuando venia con mi mami y papa.. ella misma me dijo "si" Señora. La bendice y le mi tarjeta de presentación. Milagros 0212.4223247/04123605721

El Avila


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Derramaré abundantes bendiciones en todas sus empresas

Nuestra Señora de la Candelaria, Plaza La Candelaria Caracas Venezuela

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Nuestra Señora de la Candelaria

"Oh María, sin pecado concebida, ruega por nosotros que recurrimos a ti"

"Oh María, sin pecado concebida, ruega por nosotros que recurrimos a ti"
"Oh María, sin pecado concebida, ruega por nosotros que recurrimos a ti"

"Oh María, sin pecado concebida, ruega por nosotros que recurrimos a ti"

"Oh María, sin pecado concebida,  ruega por nosotros que recurrimos a ti"
"Oh María, sin pecado concebida, ruega por nosotros que recurrimos a ti"

FRANCISCO, rece por mi

FRANCISCO, rece por mi
Oh, Señor, hazme un instrumento de Tu Paz . Donde hay odio, que lleve yo el Amor. Donde haya ofensa, que lleve yo el Perdón. Donde haya discordia, que lleve yo la Unión. Donde haya duda, que lleve yo la Fe. Donde haya error, que lleve yo la Verdad. Donde haya desesperación, que lleve yo la Alegría. Donde haya tinieblas, que lleve yo la Luz. Oh, Maestro, haced que yo no busque tanto ser consolado, sino consolar; ser comprendido, sino comprender; ser amado, como amar. Porque es: Dando , que se recibe; Perdonando, que se es perdonado; Muriendo, que se resucita a la Vida Eterna. QUE DIOS BENDIGA A VENEZUELA

Dr. Josè Gregorio Hernàndez - Cristiano Ejemplar

Dr. Josè Gregorio Hernàndez - Cristiano Ejemplar
Virgen de Coromoto, Patrona de Caracas, Venezuela, intercede por la gloricaciòn de tu devoto Josè Gregorio Hernàndez. Amen Padre Nuestro, Ave Maria y Gloria

Señor es mi pastor nada me falta hoy. "Donativo"






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NUESTRA SEÑORA DE COROMOTO

NUESTRA SEÑORA DE COROMOTO
Oración a la Virgen de Coromoto S.S. Juan Pablo II a Nuestra Señora de Coromoto Guanare, 10 de febrero de 1996 Virgen y Madre nuestra de Coromoto, que siempre has preservado la fe del pueblo venezolano. En tus manos pongo sus alegrías y esperanzas, las tristezas y sufrimientos de todos tus hijos. Implora sobre los Obispos y Presbíteros los dones del Espíritu, para que, fieles a sus promesas sacerdotales, sean infatigables mensajeros de la Buena Nueva, especialmente entre los más pobres y necesitados. Infunde en los religiosos y religiosas el ejemplo de tu entrega total a Dios, para que en el servicio abnegado a los hermanos los acompañe en sus trabajos y necesidades. Madre de la Iglesia, alienta a los fieles laicos, comprometidos con la Nueva Evangelización, para que, con la promoción humana y la evangelización de la cultura, sean auténticos apóstoles en el Tercer Milenio. Protege a todas las familias venezolanas, para que sean verdaderas Iglesias domésticas, donde se custodie el tesoro de la fe y de la vida, donde se enseñe y se practique siempre la caridad fraterna. Ayuda a los católicos a ser sal y luz para los demás, como auténticos testigos de Cristo, presencia salvadora del Señor, fuente de paz, de alegría, de esperanza. Reina y Madre Santa de Coromoto, ilumina a quienes rigen los destinos de Venezuela, para que trabajen por el progreso de todos, salvaguardando los valores morales y sociales cristianos. Ayuda a todos y cada uno de tus hijos e hijas, para que, con Cristo Nuestro Señor y Hermano, caminen juntos hacia el Padre, en la unidad del Espíritu Santo. Amén.

Sacó a los poderosos de sus tronos y puso en su lugar a los humildes

Sacó a los poderosos de sus tronos y puso en su lugar a los humildes
Yo soy la servidora del Señor, hágase en mí lo que has dicho"

He aquí a mi siervo "Las naciones conocerán mis juicios"

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