INVERSIONES: LEY DE REGISTRO PUBLICO Y DEL NOTARIADO
INVERSIONES: LEY DE REGISTRO PUBLICO Y DEL NOTARIADO : LEY DE REGISTRO PUBLICO Y DEL NOTARIADO Gaceta oficial extraordinario nro. 5.833 Viernes 22 de Diciembre de 2006 Articulo 1 Objeto El objeto de esta ley es regular la organización, el funcionamiento, la administración y las competencias de los registros principales, mercantiles, públicos y de las notarías. Articulo 2 Esta ley tiene como finalidad garantizar la seguridad jurídica la libertad contractual y el principio de legalidad de los actos o negocios jurídicos, bienes y derechos reales. Para el cumplimiento de la funciones registrales y notariales, de las formalidades y solemnidades de los actos o negocios jurídicos, se aplicaran los mecanismos y la utilización de los medios electrónicos consagraos en la Ley. TITULO II DE LOS REGISTROS Y NOTARIAS CAPITULO I ALCANCE DE LOS SERVICIOS REGISTRALES REQUISITO DE ADMISION ARTICULO 22 Todo documento que se presente por ante los registros y notarías deberá ser redactado y visado por...