GUÍA para Empresas, Fabricantes y PYMES: Convocatorias de las subastas respectivas (recaudo...:
El Banco Central de Venezuela reitera a las Instituciones Autorizadas y a los Participantes Convocados,
que el incumplimiento de lo previsto en la presente Convocatoria, y demás normativa que rige su
participación en la subasta convocada a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas
(SICAD), dará lugar a la suspensión temporal o definitiva de dichas Instituciones Autorizadas para
participar en el SICAD, así como a la exclusión de los participantes convocados del Registro de Usuarios
del Sistema Complementario de Administración de Divisas (RUSICAD), ello atendiendo a lo previsto en
los artículos 15 y 16 de la Resolución N° 13-07-01, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 40.201 de fecha 04 de julio de 2013, y sin perjuicio de las demás sanciones
que resulten procedentes de conformidad con lo establecido en la normativa cambiaria.Asimismo, se ratifica que el Banco Central de Venezuela se reserva el derecho de efectuar el control
posterior sobre el uso o aplicación de las divisas a los fines para los cuales éstas fueron requeridas,
pudiendo realizar, adicionalmente, las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las Instituciones
Autorizadas para operar de acuerdo con lo previsto en la Resolución N° 13-07-01, a los fines de verificar
el cumplimiento de los términos y condiciones dictados por este Instituto en esta materia, y la certeza de
la información remitida conforme a éstos y los procedimientos aplicados, en función de lo establecido en
el artículo 14 de la citada Resolución, en concordancia con el Aparte Único del artículo 16 ejusdem.
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